Jefa: Econ. Jazmín Estrada Pomazón
El Área de Gestión Institucional, es responsable de planificar, organizar, dirigir y evaluar los temas relacionados con la elaboración de proyectos, planes estrategias y presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, así como aspectos de gestión, fortalecimiento institucional, estadístico y racionalización.
Son funciones de Área de Gestión Institucional:
El Área de Gestión Pedagógica es el responsable de planificar, organizar, dirigir, coordinar y evaluar las acciones pedagógicas y las relacionadas con el desarrollo de la cultura, la ciencia, tecnología, el deporte y la recreación en el ámbito local.
Son funciones de Área de Gestión Pedagógica:
Jefe: Lic. Pedro Teobaldo Dolores García
El Área de Gestión Administrativa es el órgano de apoyo, encargado de administrar y ejecutar acciones inherentes a los sistemas de Personal, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Control Patrimonial, así como la Ejecución Presupuestaria en el ámbito jurisdiccional de la UGEL.
Son funciones de Área de Gestión Administrativa:
Jefe: Lic. Pedro Teobaldo Dolores García
Artículo 44.- Área de Administración
El Área de Administración es responsable de conducir, ejecutar, orientar y evaluar los sistemas administrativos de abastecimiento, contabilidad y tesorería de la UGEL, en el marco de la normativa aplicable; con el fin de asegurar una gestión eficiente y eficaz.
Artículo 45.- Funciones del Área de Administración
El Área de Administración tiene las siguientes funciones:
a) Ejecutar el presupuesto anual de la UGEL, cautelando el cumplimiento de los niveles de autorización del gasto, en función a los planes aprobados.
b) Proponer a la Dirección de la UGEL, el Plan Anual de Contrataciones y supervisar su cumplimiento.
c) Gestionar los contratos a cargo de la UGEL, en el marco de su competencia y la normativa aplicable.
d) Realizar la administración y el control del patrimonio de bienes muebles de la
UGEL y de las instituciones educativas a su cargo, conforme a la normativa aplicable, y mantener actualizados los registros correspondientes.
e) Expedir los actos resolutivos en el marco de sus competencias.
f) Otras funciones que en el marco de sus competencias, le sean asignadas por la Dirección de la UGEL.
Especialista: Nestor Jimenez Bravo
Artículo 46.- Área de Recursos Humanos
El Área de Recursos Humanos es responsable de proponer, gestionar y supervisar las acciones relacionadas con el personal en el ámbito de su competencia, cualquiera sea su régimen laboral o contractual, conforme a la normativa aplicable.
Artículo 47.- Funciones del Área de Recursos Humanos
El Área de Recursos Humanos tiene las siguientes funciones:
a) Administrar la planilla de pagos de remuneraciones y pensiones del personal activo y cesante de la UGEL y las instituciones educativas a su cargo.
b) Gestionar y mantener actualizados los legajos y escalafón del personal activo y cesante de la UGEL y las instituciones educativas a su cargo, y efectuar los registros que correspondan.
c) Gestionar el desarrollo de capacidades del personal de la UGEL.
d) Ejecutar las actividades relacionadas con las evaluaciones de ingreso, desempeño, ascenso y acceso a la Carrera Pública Magisterial, en el marco de sus competencias y la normativa aplicable.
e) Contratar, sancionar y despedir personal, en el marco de las normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
f) Otras funciones que en el marco de sus competencias, le sean asignadas por la Dirección de la UGEL.
Jefe: Abog. Carlos Augusto Valenzuela Huaranca
Artículo 40.- Área de Asesoría Jurídica
El Área de Asesoría Jurídica es responsable de remitir opinión y asesorar sobre los asuntos de carácter jurídico de competencia de la UGEL.
Artículo 41.- Funciones del Área de Asesoría Jurídica
a) Asesorar a la Dirección de la UGEL en aspectos de carácter jurídico.
b) Asesorar y/o absolver las consultas de las instituciones educativas de educación básica y técnico productiva, en materia jurídica.
c) Emitir opinión jurídica sobre los proyectos de actos resolutivos, convenios y contratos a ser suscritos por la Dirección de la UGEL de su jurisdicción.
d) Comunicar a la DRELP, para efectos de la sistematización, la normativa en materia educativa emitida en el ámbito de su jurisdicción.
e) Revisar y visar, o en su caso, modificar los proyectos de resoluciones, a ser suscritos por la Dirección de la UGEL de su jurisdicción.
f) Coordinar con la DRELP, la tramitación de los asuntos a cargo de la Procuraduría Pública del MINEDU, en los que este inmerso las instituciones educativas de su jurisdicción.
g) Otras funciones que en el marco de sus competencias, le sean asignadas por la Dirección de la UGEL.
OCI
Jefe: CPC. Orlando Alfaro Tapia
Artículo 38.- Órgano de Control Institucional
El Órgano de Control Institucional de la UGEL es responsable de realizar el control gubernamental, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Control.
Artículo 39.- Funciones del Órgano de Control Institucional
El Órgano de Control Institucional tiene las siguientes funciones:
a) Ejecutar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General de acuerdo a las disposiciones emitidas para el efecto.
b) Ejecutar las labores de control a los actos y operaciones de la UGEL N° 10 de Huaral, conforme a las disposiciones que emita la Contraloría General.
c) Actuar de oficio cuando en los actos y operaciones de la UGEL N° 10 de Huaral se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Director para que se adopten las medidas correctivas pertinentes.
d) Orientar, recibir, derivar y/o atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios públicos y ciudadanía en general, dándole el trámite que corresponda, de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias y las que establezca la Contraloría General sobre la materia.
e) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la UGEL como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia.
f) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la UGEL por parte de su personal.
g) Otras que establezca la Contraloría General de la República.
Directora: Mg. Roxana Camán Vigo
Artículo 36.- Dirección de la UGEL
Está a cargo de un Director, quien es la máxima autoridad administrativa de la UGEL N° 10 de Huaral. Es responsable de la gestión de la educación básica regular, especial, alternativa y técnico-productiva y de supervisar el servicio educativo brindado por las instituciones educativas.
Artículo 37.- Funciones de la Dirección de la UGEL
Son funciones de la Dirección de la UGEL: